ACUERDO ESPECIFICO No. 1
Universidad de Concepción | ![]() |
En Concepción a trece de mayo de dos mil dos, comparece por una parte, la Universidad de Concepción - Facultad de Ingeniería, representada por su Rector Subrogante don ERNESTO FIGUEROA HUIDOBREO, Vicerrector, compareciendo también en este acto, el Decano de la Facultad Ingeniería, don JOEL ZAMBRANO VALENCIA, todos domiciliados para estos efectos, en calle Víctor Lamas Nº 1290, Concepción, en adelante la Facultad y el Instituto Profesional Dr. Virginio Gómez, representado por su Rector, don CLAUDIO SAEZ FUENTES, ambos domiciliados en Cochrane Nº 32, Concepción, en adelante el Instituto Profesional, y exponen que vienen en celebrar el siguiente acuerdo específico, dentro del marco del Convenio de Colaboración de Articulación Académica suscrito el 22 de junio de 2001 entre la Universidad de Concepción, la Sociedad Educacional Profesional Atenea S.A.( Instituto Profesional Dr. Virginio Gómez ) y la Sociedad Educacional UDEC S.A. ( Centro de Formación Técnica Lota-Arauco ) que se desprende de las cláusulas siguientes:
PRIMERO: Por el presente acto, las partes convienen en materializar la articulación académica pactada en el Convenio Marco antes señalado, en las carreras que se indican en la cláusula quinta de este convenio.
Esta articulación académica consiste en que los profesionales titulados del Instituto Profesional ingresen, directamente a una de las carreras de la Facultad señaladas en el artículo quinto, en los niveles que procedan del respectivo Plan de Estudios de estas, reconociéndoseles parte de dicho Plan en base en sus estudios realizados, con el objeto de acceder a un título de nivel superior que otorgan dichas Carreras.
SEGUNDO: Sin perjuicio de lo establecido en el presente convenio, el ingreso a la Facultad se realizará en conformidad a las Normas de Ingreso a las Carreras de Pregrado que imparte la Universidad de Concepción y su permanencia en ella se regirá por lo dispuesto en este instrumento y supletoriamente, por la reglamentación universitaria en vigor para sus alumnos.-
TERCERO: La Facultad fijará en el año académico inmediatamente anterior los cupos que ofrecerá para cada una de las carreras en que operará la presente articulación académica.
CUARTO: Los profesionales titulados en el Instituto Profesional deberán reunir los siguientes requisitos mínimos para postular al sistema de ingreso por la vía de articulación académica a que se refiere este Acuerdo:
a) Estar en posesión del título profesional que corresponda, otorgado por el Instituto Profesional.
b) Tener un promedio de notas ponderado por los créditos igual o superior a 68 puntos.
c) No haber reprobado más de dos asignaturas durante el curso de la carrera en que obtuvo su título en el Instituto Profesional.
d) Presentar la postulación en un plazo máximo de un año, contado desde la fecha de otorgamiento del título profesional por el Instituto.
e) No tener impedimentos académicos para continuar estudios en la carrera que desea ingresar, sean estos de carácter general en el sistema universitario y/o particulares de la Universidad de Concepción.
QUINTO: Las carreras en que se establece la articulación académica y cuyos Planes de Estudio son aplicables a los profesionales del Instituto Profesional, corresponden a las siguientes:
a) Construcción Civil del Instituto Profesional e Ingeniería Civil de la Facultad.
b) Ingeniería de Ejecución Electrónica del Instituto Profesional e Ingeniería Civil Electrónica de la Facultad.
c) Ingeniería de Ejecución Informática del Instituto Profesional e Ingeniería Civil Informática de la Facultad.
d) Ingeniería de Ejecución Mecánica del Instituto Profesional e Ingeniería Civil Mecánica de la Facultad.
SEXTO: El Constructor Civil titulado en el Instituto Profesional que ingrese a la Facultad por medio del presente acuerdo de articulación académica, deberá cursar y aprobar las siguientes asignaturas del plan de estudio vigente de la carrera de Ingeniería Civil, para optar al título de Ingeniero Civil:
| 4o. Semestre Complemento de Cálculo, código 521234 Mecánica, código 510228 Geología General y Aplicada, código 517203 Electromagnetismo, código 510226 | 9o. Semestre Hormigón Armado II, código 544421 Estructuras Metálicas I, código 544209 Fundaciones, código 544404 Hidrología, código 544426 |
| 5o. Semestre Cálculo Numérico, código 521230 Circuitos y Máquinas Eléctricas, código 543202 | 10o. Semestre Ingeniería Vial, código 544233 Asignatura Electiva I de 4 créditos |
| 6o. Semestre Mecánica de Fluidos, código 544220 Ingeniería Económica, código 545201 | 11o. Semestre Proyecto de Mención Electivo de 4 créditos Asignatura Electiva II de 4 créditos Asignatura Electiva III de 4 créditos |
| 7o. Semestre Análisis de Estructuras, código 544205 Mecánica de Suelos I, código 544226 Hidráulica I, código 544227 Métodos de optimización, código 544320 | 12o. Semestre Memoria de Título, código 544499 |
| 8º Semestre Hormigón Armado I, código 544208 Dinámica de Estructuras I, código 544424 Mecánica de Suelos II, código 544229 Hidráulica II, código 544230 Ingeniería de Transporte, código 544213 |
SEPTIMO: El Ingeniero de Ejecución Electrónico titulado en el Instituto Profesional que ingrese a la Facultad por medio del presente acuerdo de articulación académica, deberá cursar y aprobar las siguientes asignaturas del plan de estudio vigente de la carrera de Ingeniería Civil Electrónica, para optar al título de Ingeniero Civil Electrónico:
| 3o. Semestre Inglés, código 733152 | 8o. Semestre Laboratorio de Control, código 547404 Convertidores de Conmutación Forzada, código 543429 Sistemas de Comunicaciones, código 547405 Laboratorio de Computadores, código 547403 |
| 4o. Semestre Mecánica, código 541202 Complemento de Cálculo, código 521234 | 9o. Semestre Síntesis de Sistemas de Control, código 547504 Fundamentos de Accionamientos y Máquinas Eléctricas, código 547501 Comunicaciones Digitales, código 547502 Sistemas Operativos, código 547506 |
| 5o. Semestre Sistemas Lineales Dinámicos, código 543214 | 10o. Semestre Administración general, código 545202 Automatización Industrial, código 547505 Diseño de Sistemas Microcomputarizados, código 547503 Asignatura Electiva I de 3 créditos Asignatura Electiva II de 3 créditos |
| 6o. Semestre Termodinámica, código 541203 Control Automático, código 543444 | 11o. Semestre Ingeniería de Proyectos, código 545401 Proyecto de Habilitación Profesional, código 547697 Introducción a la Ciencia Ambiental, código 544555 Asignatura Electiva III de 3 créditos Asignatura Electiva IV de 3 créditos Asignatura Electiva V de 3 créditos |
| 7o. Semestre Instrumentación en Sistemas, código 547302 Rectificadores y Cicloconversores, código 543428 Circuitos y Sistemas Electrónicos, código 547402 Arquitectura de Computadores, código 543426 | 12o. Semestre Memoria de Título, código 547699 |
OCTAVO: El Ingeniero de Ejecución Informático titulado en el Instituto Profesional que ingrese a la Facultad por medio del presente acuerdo de articulación académica, deberá cursar y aprobar las siguientes asignaturas del plan de estudio vigente de la carrera de Ingeniería Civil Informática, para optar al título de Ingeniero Civil Informático:
| 1o. y 2o. Semestre Física general, código 510141 Química General, código 530141 | 8o. Semestre Teoría de Computación, código 503371 Ambiente de Desarrollo y Operación de Sistemas, código 503372 |
| 3o. Semestre Introducción a las Ecuaciones Diferenciales Ordinarias, código 521218 Cálculo III, código 521227 | 9o. Semestre Gestión Informática , código 503476 |
| 4o. Semestre Electromagnetismo, código 510226 Mecánica y Termodinámica, 541341 Matemáticas Universales, código 522236 | 10o. Semestre Tópicos en Ciencias de Computación, código 503391 Administración Informática, código 503438 |
| 5o. Semestre Circuitos Digitales, código 543205 Teoría General de Sistemas, código 503321 Matemáticas Discretas, código 503505 | 11o. Semestre Tópicos en Sistemas de Computación, código 503393 Introducción a las Ciencias Ambientales, 54455 |
| 6o. Semestre Lenguajes Formales e Introducción a la Teoría de Compiladores, código 503352 | 12o. Semestre, Memoria de Título, código 503499 |
| 7o. Semestre Inferencia Estadística, código 523311 Grafos y Algoritmos, código 503361 |
NOVENO: El Ingeniero de Ejecución Mecánico titulado en el Instituto Profesional que ingrese a la Facultad por medio del presente acuerdo de articulación académica, deberá cursar y aprobar las siguientes asignaturas del plan de estudio vigente de la carrera de Ingeniería Civil Mecánica, para optar al título de Ingeniero Civil Mecánico:
| 3o. Semestre Ecuaciones Diferenciales, código 525223 | 8o. Semestre Elementos Finitos, código 541237 Elementos de Máquinas 541214 Economía y Legislación, código 546450 |
| 4o. Semestre Cálculo Numérico, código 521230 Mediciones, código 541231 | 9o. Semestre Centrales de Energía, código 541408 Diseño Mecánico II, código 541239 Ingeniería Económica, 545201 |
| 5o. semestre Dinámica, código 541233 | 10o. Semestre Procesos de Fabricación II, código 541240 Electivo I de 3 créditos Electivo II de 3 créditos |
| 6o. Semestre Electrónica, código 541241 Mecánica de Fluidos, código 541209 Sistemas Mecánicos, 541207 Mecánica de Sólidos II, código 541211 | 11o. Semestre Relaciones Humanas, código 402601 Proyecto de Ingeniería Mecánica, código 541497 Electivo III de 3 créditos |
| 7o. Semestre Análisis de Sistemas Dinámicos, código 541234 Termodinámica Aplicada, código 541206 Transferencia de Calor, código 541215 | 12o. Semestre Memoria de Título, código 541499 |
DECIMO: La articulación académica de las Carreras indicadas en las cláusulas sexta a novena, supone que los profesionales titulados del Instituto Profesional deben cursar en forma reglamentaria solamente las asignaturas que de cada Carrera se ha indicado, entendiéndose que las demás asignaturas del respectivo Plan de Estudio le han sido reconocidas en la forma antes señalada.
UNDECIMO: Para los efectos de aplicación y coordinación del presente Acuerdo Especifico se constituye en este acto, una Comisión Especial de Articulación Académica integrada por el Rector y el Vicerrector del Instituto Profesional y por el Decano y el Vicedecano de la Facultad.
DUODECIMO: El presente acuerdo comenzó a regir el 25 de febrero de este año y tendrá una duración indefinida, sin perjuicio del derecho de cualquiera de las partes a poner fin al mismo, mediante aviso escrito a la otra, con doce meses de anticipación a la fecha de término.
En conformidad, las partes firman el presente acuerdo en tres ejemplares, quedando uno en poder de cada parte.
RECTOR SUBROGANTE UNIVERSIDAD DE CONCEPCION | DECANO FACULTAD DE INGENIERIA UNIVERSIDAD DE CONCEPCION | RECTOR INSTITUTO PROFESIONAL VIRGINIO GOMEZ |

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