14.11.07

ARTICULACION ACADEMICA UNIVERSIDAD DE CONCEPCION

ACUERDO ESPECIFICO No. 1

Universidad de Concepción


En Concepción a trece de mayo de dos mil dos, comparece por una parte, la Universidad de Concepción - Facultad de Ingeniería, representada por su Rector Subrogante don ERNESTO FIGUEROA HUIDOBREO, Vicerrector, compareciendo también en este acto, el Decano de la Facultad Ingeniería, don JOEL ZAMBRANO VALENCIA, todos domiciliados para estos efectos, en calle Víctor Lamas Nº 1290, Concepción, en adelante la Facultad y el Instituto Profesional Dr. Virginio Gómez, representado por su Rector, don CLAUDIO SAEZ FUENTES, ambos domiciliados en Cochrane Nº 32, Concepción, en adelante el Instituto Profesional, y exponen que vienen en celebrar el siguiente acuerdo específico, dentro del marco del Convenio de Colaboración de Articulación Académica suscrito el 22 de junio de 2001 entre la Universidad de Concepción, la Sociedad Educacional Profesional Atenea S.A.( Instituto Profesional Dr. Virginio Gómez ) y la Sociedad Educacional UDEC S.A. ( Centro de Formación Técnica Lota-Arauco ) que se desprende de las cláusulas siguientes:

PRIMERO: Por el presente acto, las partes convienen en materializar la articulación académica pactada en el Convenio Marco antes señalado, en las carreras que se indican en la cláusula quinta de este convenio.

Esta articulación académica consiste en que los profesionales titulados del Instituto Profesional ingresen, directamente a una de las carreras de la Facultad señaladas en el artículo quinto, en los niveles que procedan del respectivo Plan de Estudios de estas, reconociéndoseles parte de dicho Plan en base en sus estudios realizados, con el objeto de acceder a un título de nivel superior que otorgan dichas Carreras.

SEGUNDO: Sin perjuicio de lo establecido en el presente convenio, el ingreso a la Facultad se realizará en conformidad a las Normas de Ingreso a las Carreras de Pregrado que imparte la Universidad de Concepción y su permanencia en ella se regirá por lo dispuesto en este instrumento y supletoriamente, por la reglamentación universitaria en vigor para sus alumnos.-

TERCERO: La Facultad fijará en el año académico inmediatamente anterior los cupos que ofrecerá para cada una de las carreras en que operará la presente articulación académica.

CUARTO: Los profesionales titulados en el Instituto Profesional deberán reunir los siguientes requisitos mínimos para postular al sistema de ingreso por la vía de articulación académica a que se refiere este Acuerdo:

a) Estar en posesión del título profesional que corresponda, otorgado por el Instituto Profesional.

b) Tener un promedio de notas ponderado por los créditos igual o superior a 68 puntos.

c) No haber reprobado más de dos asignaturas durante el curso de la carrera en que obtuvo su título en el Instituto Profesional.

d) Presentar la postulación en un plazo máximo de un año, contado desde la fecha de otorgamiento del título profesional por el Instituto.

e) No tener impedimentos académicos para continuar estudios en la carrera que desea ingresar, sean estos de carácter general en el sistema universitario y/o particulares de la Universidad de Concepción.

QUINTO: Las carreras en que se establece la articulación académica y cuyos Planes de Estudio son aplicables a los profesionales del Instituto Profesional, corresponden a las siguientes:

a) Construcción Civil del Instituto Profesional e Ingeniería Civil de la Facultad.

b) Ingeniería de Ejecución Electrónica del Instituto Profesional e Ingeniería Civil Electrónica de la Facultad.

c) Ingeniería de Ejecución Informática del Instituto Profesional e Ingeniería Civil Informática de la Facultad.

d) Ingeniería de Ejecución Mecánica del Instituto Profesional e Ingeniería Civil Mecánica de la Facultad.

SEXTO: El Constructor Civil titulado en el Instituto Profesional que ingrese a la Facultad por medio del presente acuerdo de articulación académica, deberá cursar y aprobar las siguientes asignaturas del plan de estudio vigente de la carrera de Ingeniería Civil, para optar al título de Ingeniero Civil:

4o. Semestre
Complemento de Cálculo, código 521234
Mecánica, código 510228
Geología General y Aplicada, código 517203
Electromagnetismo, código 510226
9o. Semestre
Hormigón Armado II, código 544421
Estructuras Metálicas I, código 544209
Fundaciones, código 544404
Hidrología, código 544426
5o. Semestre
Cálculo Numérico, código 521230
Circuitos y Máquinas Eléctricas, código 543202
10o. Semestre
Ingeniería Vial, código 544233
Asignatura Electiva I de 4 créditos
6o. Semestre
Mecánica de Fluidos, código 544220
Ingeniería Económica, código 545201
11o. Semestre
Proyecto de Mención Electivo de 4 créditos
Asignatura Electiva II de 4 créditos
Asignatura Electiva III de 4 créditos
7o. Semestre
Análisis de Estructuras, código 544205
Mecánica de Suelos I, código 544226
Hidráulica I, código 544227
Métodos de optimización, código 544320
12o. Semestre
Memoria de Título, código 544499
8º Semestre
Hormigón Armado I, código 544208
Dinámica de Estructuras I, código 544424
Mecánica de Suelos II, código 544229
Hidráulica II, código 544230
Ingeniería de Transporte, código 544213

SEPTIMO: El Ingeniero de Ejecución Electrónico titulado en el Instituto Profesional que ingrese a la Facultad por medio del presente acuerdo de articulación académica, deberá cursar y aprobar las siguientes asignaturas del plan de estudio vigente de la carrera de Ingeniería Civil Electrónica, para optar al título de Ingeniero Civil Electrónico:

3o. Semestre
Inglés, código 733152
8o. Semestre
Laboratorio de Control, código 547404
Convertidores de Conmutación Forzada, código 543429
Sistemas de Comunicaciones, código 547405
Laboratorio de Computadores, código 547403
4o. Semestre
Mecánica, código 541202
Complemento de Cálculo, código 521234
9o. Semestre
Síntesis de Sistemas de Control, código 547504
Fundamentos de Accionamientos y Máquinas Eléctricas, código 547501
Comunicaciones Digitales, código 547502
Sistemas Operativos, código 547506
5o. Semestre
Sistemas Lineales Dinámicos, código 543214
10o. Semestre
Administración general, código 545202
Automatización Industrial, código 547505
Diseño de Sistemas Microcomputarizados, código 547503
Asignatura Electiva I de 3 créditos
Asignatura Electiva II de 3 créditos
6o. Semestre
Termodinámica, código 541203
Control Automático, código 543444
11o. Semestre
Ingeniería de Proyectos, código 545401
Proyecto de Habilitación Profesional, código 547697
Introducción a la Ciencia Ambiental, código 544555
Asignatura Electiva III de 3 créditos
Asignatura Electiva IV de 3 créditos
Asignatura Electiva V de 3 créditos
7o. Semestre
Instrumentación en Sistemas, código 547302
Rectificadores y Cicloconversores, código 543428
Circuitos y Sistemas Electrónicos, código 547402
Arquitectura de Computadores, código 543426
12o. Semestre
Memoria de Título, código 547699

OCTAVO: El Ingeniero de Ejecución Informático titulado en el Instituto Profesional que ingrese a la Facultad por medio del presente acuerdo de articulación académica, deberá cursar y aprobar las siguientes asignaturas del plan de estudio vigente de la carrera de Ingeniería Civil Informática, para optar al título de Ingeniero Civil Informático:

1o. y 2o. Semestre
Física general, código 510141
Química General, código 530141
8o. Semestre
Teoría de Computación, código 503371
Ambiente de Desarrollo y Operación de Sistemas, código 503372
3o. Semestre
Introducción a las Ecuaciones Diferenciales Ordinarias, código 521218
Cálculo III, código 521227
9o. Semestre
Gestión Informática , código 503476
4o. Semestre
Electromagnetismo, código 510226
Mecánica y Termodinámica, 541341
Matemáticas Universales, código 522236
10o. Semestre
Tópicos en Ciencias de Computación, código 503391
Administración Informática, código 503438
5o. Semestre
Circuitos Digitales, código 543205
Teoría General de Sistemas, código 503321
Matemáticas Discretas, código 503505
11o. Semestre
Tópicos en Sistemas de Computación, código 503393
Introducción a las Ciencias Ambientales, 54455
6o. Semestre
Lenguajes Formales e Introducción a la Teoría de Compiladores, código 503352
12o. Semestre,
Memoria de Título, código 503499
7o. Semestre
Inferencia Estadística, código 523311
Grafos y Algoritmos, código 503361


NOVENO: El Ingeniero de Ejecución Mecánico titulado en el Instituto Profesional que ingrese a la Facultad por medio del presente acuerdo de articulación académica, deberá cursar y aprobar las siguientes asignaturas del plan de estudio vigente de la carrera de Ingeniería Civil Mecánica, para optar al título de Ingeniero Civil Mecánico:

3o. Semestre
Ecuaciones Diferenciales, código 525223
8o. Semestre
Elementos Finitos, código 541237
Elementos de Máquinas 541214
Economía y Legislación, código 546450
4o. Semestre
Cálculo Numérico, código 521230
Mediciones, código 541231
9o. Semestre
Centrales de Energía, código 541408
Diseño Mecánico II, código 541239
Ingeniería Económica, 545201
5o. semestre
Dinámica, código 541233
10o. Semestre
Procesos de Fabricación II, código 541240
Electivo I de 3 créditos
Electivo II de 3 créditos
6o. Semestre
Electrónica, código 541241
Mecánica de Fluidos, código 541209
Sistemas Mecánicos, 541207
Mecánica de Sólidos II, código 541211
11o. Semestre
Relaciones Humanas, código 402601
Proyecto de Ingeniería Mecánica, código 541497
Electivo III de 3 créditos
7o. Semestre
Análisis de Sistemas Dinámicos, código 541234
Termodinámica Aplicada, código 541206
Transferencia de Calor, código 541215
12o. Semestre
Memoria de Título, código 541499

DECIMO: La articulación académica de las Carreras indicadas en las cláusulas sexta a novena, supone que los profesionales titulados del Instituto Profesional deben cursar en forma reglamentaria solamente las asignaturas que de cada Carrera se ha indicado, entendiéndose que las demás asignaturas del respectivo Plan de Estudio le han sido reconocidas en la forma antes señalada.

UNDECIMO: Para los efectos de aplicación y coordinación del presente Acuerdo Especifico se constituye en este acto, una Comisión Especial de Articulación Académica integrada por el Rector y el Vicerrector del Instituto Profesional y por el Decano y el Vicedecano de la Facultad.

DUODECIMO: El presente acuerdo comenzó a regir el 25 de febrero de este año y tendrá una duración indefinida, sin perjuicio del derecho de cualquiera de las partes a poner fin al mismo, mediante aviso escrito a la otra, con doce meses de anticipación a la fecha de término.

En conformidad, las partes firman el presente acuerdo en tres ejemplares, quedando uno en poder de cada parte.

ERNESTO FIGUEROA HUIDOBRO
RECTOR SUBROGANTE
UNIVERSIDAD DE CONCEPCION
JOEL ZAMBRANO VALENCIA
DECANO
FACULTAD DE INGENIERIA
UNIVERSIDAD DE CONCEPCION
CLAUDIO SAEZ FUENTES
RECTOR
INSTITUTO PROFESIONAL
VIRGINIO GOMEZ

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